Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve; PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la aprehensión flagrante en contra del adolescente OMISSIS, por la presuntamente comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto en el articulo 452, numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del La Termoeléctrica Juan Manuel Valdez, y la continuación del procedimiento por la vía ordinaria conforme al articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, contra del adolescente: OMISSIS, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto en el articulo 452, numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del La Termoeléctrica Juan Manuel Valdez, de conformidad con lo establecido en el artículo 582, Literal "C" en relación con los artículos .....