DECLARA la Extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la causa, en el presente asunto, seguido al ciudadano JHONNY RAFAEL GONZALEZ LOPEZ, Venezolano, de 40 años de edad, natural de Carúpano, Estado Sucre, nacido en fecha: 10-02-1971, de oficio: Obrero, estado civil: soltero, Titular de la Cédula de identidad: 11.968.580, hijo de: Carmen de González y Carmelo González (D) y residenciado en: calle úrica, casa S/N, en un rancho de zin, Sector el Baliachi, cerca del Modulo Policial, hacia el Rió, Carúpano, Estado Sucre, por la comisión del delito VIOLENCIA FÌSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de la Mujer a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES SALAZAR; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45; 48 numeral 7°, y 318 numeral 3°, del Código Orgánico Procesal Penal.