Este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumana, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 479 numeral 1° y 498 del Código Orgánico Procesal Penal, declara extinta la pena de: UN (1) AÑO DE PRISIÓN, impuesta al ciudadano: ALEXIS JOSÉ FIGUEROA ASTUDILLO, quien es venezolano, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.417.232, domiciliado en la Llanada, Sector 04 calle 06 casa n° 29, Cumaná, Estado Sucre, hijo de Aura Astudillo y Nelson Figueros, ocupación Marino en un barco, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, por medio de la cual lo condeno a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de APROVECHAMEINTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, .....