Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano FIDEL GABRIEL GUERRA DIAZ, venezolano, de 35 edad, de profesión u oficio pescador, titular de la cédula de identidad N° 13.274.416, Hijo de Fidel Ramón Rivas y de Luisa Josefina Díaz de Rivas, domiciliado en Calle Principal de Puerto Santo, Sector Mary Mar, Casa S/Nro, cerca de la Fabrica enlatadora "Mary Mar", Municipio Arismendi del Estado de Sucre, a cumplir la pena de 1 año y 8 meses de prisión, más las accesorias de inhabilitación política por igual lapso y sujeción a vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta; por la comisión del delito de Lesiones Personales Graves, previsto y sancionado en el Artículo 415 del Código Penal Venezolano; en perjuicio del ciudadano Randy Rafael Romero. Así mismo, se Sustituye .....