En atención a las consideraciones de hecho y de derecho expuestas, este Tribunal Primero de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA CON LUGAR la solicitud Fiscal y DESESTIMA LA DENUNCIA formulada por el ciudadano LUIS GILBERTO FIGUERA, venezolana, titular de la cédula de identidad n° V-8.430.727, de 49 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio funcionario Policial, residenciado en el Barrio San Francisco, Calle Maestre, casa n° 07 de esta ciudad, Estado Sucre, en razón que los hechos denunciados, de conformidad con la norma que lo tipifica, son enjuiciables previa querella del amenazado y a instancia de parte agraviada mediante acusación ante el Tribunal competente