Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que correspondan a terceros; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES, PARA ASEGURARLE al ciudadano JAIME VILLARROEL FUENTES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad N°. 15.243.385, TITULO SUPLETORIO SOBRE SUS DERECHOS DE PROPIEDAD sobre un Vehículo que presenta las siguientes características: Marca: KAWASAKI, Clase: MOTOCICLETA 250 CC, Color: VERDE, Modelo: TODO TERRENO, Placa: S/P, Serial: JKAKLMH13XA-014106; el cual adquirió y posee según factura N° 0802 de fecha 19 de noviembre de 2003, emitida por la Sociedad Mercantil, MI MOTO, INVERSIONES J & R, CA.- ASÍ SE DECIDE.-