este JUZGADO TERCERO DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara Con Lugar el pedimento Fiscal, y acuerda que lo procedente en derecho es otorgarle la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES al ciudadano: VICTOR JOSE ROJAS GAMBOA venezolano, de 22 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 18.211.719, sin oficio definido, nacido en fecha 19/01/1986 hijo de los ciudadanos Víctor Mota y Maria Rojas, residenciado en las Colinas, Primera Calle, casa sin numero, Cerca de la carpintería Guevara, Cumanacoa, Municipio Montes, Estado sucre, la cual se hace efectiva desde la propia sala de audiencias, dejándose constancia que se retira en buenas condiciones físicas.