DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a favor de los ciudadanos GREGORIO ESTRADA, quien dijo ser venezolano, Natural de Carúpano Estado Sucre, de 21 años de edad, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V.- 25.413.799, nacido el 1/091995, hijo de Carlos toledo y Rosalbal Maria Potrero, en el pilar, sector, 11 de julio, Numero de Casa S/N, frente a la, Municipio Benítez del Estado Sucre, y MARIO LUIS SOSA, venezolano, natural de el Pilar, Estado Sucre, soltero, de 19 años de edad, de profesión u oficio agricultor, Cédula de Identidad Nº V- 28.554.870, nacido en fecha 19-01-1980, hijo de Maria Sucre (F) y Feliz Martín, reside.....