En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 5, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano JOSMER JOSE VELASQUEZ RIVAS, natural de Rio Caribe Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.584.884, soltero, fecha de nacimiento 21/12/1992, de 24 años de edad, de oficio refrigeración, hijo de Zurabi Velásquez y jazmin Rivas, residenciado en el sector la playa de Caracaolito, calle principal, casa sin numero, al lado de la bodega de la señora Aryen. Rio Caribe, Municipio Arismendi Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 39 y 41, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de NERITZA DEL CARMEN ALVAREZ NUÑEZ, por considerar que no.....