En virtud de lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda modificar temporalmente el sitio de reclusión, en el que cumplirá la medida de Privación de Libertad la sancionada xxxxxxxxxxxxxxxxx, venezolana, natural de Cumaná, de 17 años de edad, nacida en fecha 29-09-1992 titular de cédula de identidad Nº xxxxxxxxxx, hija xxxxxxx y xxxxxxxxxxxx, de profesión estudiante, residenciada en parroquia xxxxxxxxxxx, quien fue sancionada a la medida de privación de libertad por el lapso de tres (03) años, por la comisión de los delitos de robo agravado, privación ilegitima de libertad y agavillamiento, establecido en los artículos 458, 174 y 286 del Código Penal vigente, cometido en perjuicio de xxxxxxxxxxxxxxx y Centro De Comunicaciones xxxxxxxx Comunicaciones. Decisión que se toma .....