DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano NESTOR RAMON CALVO OSORIO, venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.415.497, nacido en fecha 12-03-1993, de 18 años de edad, de profesión u oficio estudiante, hijo de Néstor Calvo y Yadira Osorio, y domiciliado en la calle Charallave, calle Nº 09, casa s/n, Municipio Bermúdez, Carúpano, Estado Sucre; por encontrase presuntamente incurso en la comisión de los delitos de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; ROBO AGRAVADO, previs.....