En atención a los razonamientos de hecho y de derecho expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede
Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión del Juez Nº 2, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO formulada por los ciudadanos YRMA ROSA LICET FERRER y FRANKLIN RODOLFO SALAZAR YANES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.461.402 y V-9.975.526,
respectivamente, casados, cónyuges entre sí, domiciliados en la Urbanización Brasil Sector 01, Vereda 46, Casa Nro. 06 y en Las Colinas de Campeche, calle Principal Casa S/N, Cumaná, Estado Sucre, en consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 254 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre éstos nacido de acta de matrimonio Nº 189 de fecha 20-08-1990, por lo que, un.....