Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Revoca el cumplimiento de la medida de semi-libertad sustituyéndola por el cumplimiento de seis (06) meses de privación de libertad que vence el 14/12/12 y el cumplimiento sucesivo de las medidas de libertad asistida y reglas de conducta por el lapso de dos (02) años, de conformidad con lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la protección de niños, niñas y adolescentes. Debiendo cumplir la sanción de privación de libertad en el Internado Judicial de ésta ciudad, ingresando en fecha 18/06/2012, en horas de la mañana a los fines de que continúe el cumplimiento de la sanción privativa de libertad. Líbrese boleta de traslado y remítase mediante oficio al Comandante de policía de ésta ciudad. .....