Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DECLARA CON LUGAR, la demanda de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, solicitada por el demandante ciudadano EDUARDO RAMIREZ, titular de la cedula de identidad n°: 6.959.035 y de domicilio ya identificado, se le entrega la custodia de sus hijas Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en manos de su Padre ya identificado y permanezca en el hogar de este, el cual debe velar por el desarrollo integral de los menores. Así se Decide