este Tribunal Tercero de Control, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA AMPLIACIÓN DEL RÉGIMEN DE PRUEBA a favor del acusado LUIS RAMON RENGEL, venezolano, natural de cumaná Estado Sucre, de 53 años de la edad, soltero, de oficio albañil, titular de la Cédula de Identidad N° 5.083.771, nacido el 20-07-1958, residenciado en los Molinos segunda calle al final, cerca del taller de Taquari, casa s/n Estado Sucre, por la comisión del delito HURTO CALIFICADO EN TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 3° y 80 del Código Penal, en perjuicio de personas por identificar, durante el plazo de UN (01) AÑO mas que se comenzara a cumplir a partir de la presente fecha, en la cual deberá cumplir las siguientes Condiciones: 1-.- El acusado deberá someterse al control y vigilancia de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación Nº 3, ante la cual deberá comparecer; Unidad que será oficiada con copia de la decisión, la cual debe.....