este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda con lugar lo solicitado por la Fiscal Décima del Ministerio Público, ABG. YAMILET DELGADO; y revoca las medidas de protección y seguridad, contenidas en los numerales 3, 4 y 13 del artículo 90 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, las cuales fueron acordadas en fecha 01-07-2015, por la Fiscalía Décima del Ministerio Público; consistente en la salida inmediata del hogar común con la víctima, el reintegro de la víctima a la residencia y recorridos policiales; conforme a lo establecido en el artículo 103 de la referida ley; en la causa penal que se le iniciara al ciudadano ALEXIS GABRIEL GUERRA SEIJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.740.587, residenciado en la comunidad Nuestra Señora del Valle, Sector Tres Pico.....