En consecuencia, este TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud fiscal y decreta LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado RICHAR JOSÉ SANCHEZ SANCHEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.023.880, de 28 años de edad, soltero, oficio obrero, hijo de Manuel Hilarraza y Ardajelys Sanchez residenciado en Cocollar, Sector Maria Jose, al frente del Seminario, cerca de la bodega de Agustin, Municipio Montes, Estado Sucre; por la presunta comisión del deliro de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARITZA JOSEFINA ACOSATA SALAZAR, todo conforme al artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio al Director del SAHUAPA, con expres.....