En atención a los particulares antes expuestos queda ejecutada la decisión dictada por el Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescentes en contra del joven adulto XXXXXXXXXe; en la presente causa seguida por el delito de VIOLACIÒN, previsto en el artículo 374 ordinal 1 del Código Penal, en perjuicio de los niños XXXXXXXXXX;
Se ordena que la Dirección del SAPINAES, vele por que al joven adulto XXXXXXXXX se le suministre alimentación, útiles personales, gestione ante el Tribunal de ejecución cualquier petición que pudiere realizar, tenga establecido régimen de visita, así como otros inherentes a su condición de sancionado. Así mismo se ordena que al mismo se le practique informe psiquiatrico y social, incluyendo entrevista al sancionado. Se autoriza el traslado del sancionado hasta el circuito Judicial de Cumaná, Tribunal segundo de control de adolescentes para el día 28-051-2010 a las 11:15 AM.