y estudiadas como han sido las declaraciones de las testigos ciudadanos: SANTA CECILIA ROSAL y RICHARD EMILIO VELÁSQUEZ, Venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 4.299.755 y 11.968.723, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante este Juzgado, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Extinta: LUISA MARIA PERERO MATA, a la ciudadana: MARIA GABRIELA NARANJO PERERO, así como a la solicitante, ciudadana: GABRIELA DEL VALLE NARANJO PERERO, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°. 15.555.004, de conformidad .....