LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
CARÚPANO, 14 de Enero del 2009
198° y 149°
Sol. N° 5400.
SOLICITANTE: SIXTO GUILLERMO MARCANO, Titular de la
Cédula de Identidad N° 1.689.946.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó
APODERADO: No otorgó Poder.
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA:
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: SIXTO GUILLERMO MARCANO, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°. 1.689.946 y debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: CARLOS MARCANO BOLAÑOS, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 35904, y estudiadas como han sido las declaraciones de las testigos ciudadanos: IGNACIO JESÚS MALAVÉ y JESÚS ANACARIO SUÁREZ SOLANO, venezolanos, mayores de edad, con domicilio en la Población de Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 5.899.366 y 5.909.503, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante el Juzgado del Municipio Mariño del Segundo circuito Judicial del Estado Sucre, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Extinta: ANTONIO JOSÉ MARCANO, a la solicitante, ciudadana: SIXTO GUILLERMO MARCANO, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°. 1.689.946, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se Decide.
El Juez,
Abg. Susana García de M.
La Secretaria Accd.,
Lic. Aracelis T. Martínez.-
Constante de Catorce (14) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
SGDM/Fvc/ajno.
Sol 5400.-
|