Por lo que, con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia, En Nombre De La República Y Por Autoridad De La Ley, Decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor de los ciudadanos HÉCTOR LUIS DIMAS ANTÓN, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 21.398.287, de estado civil soltero, de 20 años de edad, natural de Cumaná, nacido en fecha 27-02-1993, de profesión taxista, hijo de HECTOR LUIS DIMAS Y MUREXITA ANTON, con residencia en la Voluntad de Dios, franja de la llanada, calle 2, casa S/N, Cumana, Estado Sucre, teléfono 0424-8133296 y RUBÉN DARÍO RODRÍGUEZ CAMPOS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 23.582.893 de estado civil soltero, de 21 años de edad, natural de Cumaná, nacido en fecha 22-06-1992, sin oficio, hijo de MARBELIS CAMPOS Y RUBEN RAMIREZ, con residencia en la Voluntad de Dios, franja de la l.....