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Decisiones del dia 13/12/2007 |
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N° Expediente :
RP31-L-2007-000054
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/12/2007 |
Procedimiento: Cobro De Pretaciones Sociales |
Partes: JOAN JOSE NUÑEZ VELASQUEZ VS INTI, C.A. |
Resumen:
Por cuanto los acuerdos contenidos en el acta son producto de la voluntad, libre, consciente y espontánea expresada por las partes y dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de la controversia a que se refieren los procesos y reestablecer el equilibrio jurídico entre las partes, por ultimo tomando en cuenta que el presente acuerdo ha sido consecuencia de la mediación y conciliación, dirigido por la ciudadana Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en Cumaná, conforme al artículo 3 parágrafo único de la ley Orgánica del Trabajo, y por cuanto conforme a lo establecido en el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, siendo esta mediación positiva da por concluido el proceso. Este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley HOMOLOGA la presente transacción y otorga fuerza de Cosa Juzgada, ya que es ley entre l.....
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Juez/Ponente:
Carolina Chakian
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Organo:
Juzgado Segundo de Sustanciación, Ejecución y Mediación
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N° Expediente :
15.836
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N° Sentencia :
DIC-657-07
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Fecha: 13/12/2007 |
Procedimiento: Divorcio Ordinario |
Partes: CARLOS CRUZ MARTÍNEZ VS WENDY ALEJANDRA VIVAS |
Resumen:
En este sentido, la Sala Civil en Sentencia N° 997 de fecha 31 de Agosto de 2.004, estableció que la indicación que haga el demandante en su libelo del domicilio del demandado, es pertinente para su citación o intimación, por lo que constituye una obligación impretermitible del accionante señalarle al Juez el lugar en el que se debe practicar la actuación procesal que dará inicio al contradictorio, y de no hacerlo imposibilitaría la realización de las actividades procesales a cargo del Tribunal, dado que, el alguacil desconocería la dirección a la cual debe trasladarse para poner en conocimiento al demandado de que ha sido instaurado un juicio en su contra.
Siendo así, y evidenciándose en autos que, el libelo de la demanda no señala el domicilio donde el Alguacil debe practicar la citación de la parte demandada, y no habiendo puesto a disposición del alguacil de los medios y recursos necesarios para la citación del demandado, es por lo que este Juzgado de Primera Instan.....
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Juez/Ponente:
Susana García de Malave
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente :
15.733
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N° Sentencia :
DIC-649-07
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Fecha: 13/12/2007 |
Procedimiento: Divorcio Ordinario |
Partes: MARY NEITZA DELLAN VS RODERICK NUMAN VILLEGAS |
Resumen:
En este sentido, la Sala Civil en Sentencia N° 997 de fecha 31 de Agosto de 2.004, estableció que la indicación que haga el demandante en su libelo del domicilio del demandado, es pertinente para su citación o intimación, por lo que constituye una obligación impretermitible del accionante señalarle al Juez el lugar en el que se debe practicar la actuación procesal que dará inicio al contradictorio, y de no hacerlo imposibilitaría la realización de las actividades procesales a cargo del Tribunal, dado que, el alguacil desconocería la dirección a la cual debe trasladarse para poner en conocimiento al demandado de que ha sido instaurado un juicio en su contra.
Siendo así, y evidenciándose en autos que, el libelo de la demanda no señala el domicilio donde el alguacil debe practicar la citación de la parte demandada, y no habiendo puesto a disposición del alguacil de los medios y recursos necesarios para la citación del demandado, es por lo que este Juzgado de Primera Instancia e.....
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Juez/Ponente:
Susana García de Malave
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente :
15.708
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N° Sentencia :
DIC-653-07
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Fecha: 13/12/2007 |
Procedimiento: Divorcio Ordinario |
Partes: ROGELIO BRAVO GARCÍA VS DULCE MARIA GARCÍA |
Resumen:
En este sentido, la Sala Civil en Sentencia N° 997 de fecha 31 de Agosto de 2.004, estableció que la indicación que haga el demandante en su libelo del domicilio del demandado, es pertinente para su citación o intimación, por lo que constituye una obligación impretermitible del accionante señalarle al Juez el lugar en el que se debe practicar la actuación procesal que dará inicio al contradictorio, y de no hacerlo imposibilitaría la realización de las actividades procesales a cargo del Tribunal, dado que, el alguacil desconocería la dirección a la cual debe trasladarse para poner en conocimiento al demandado de que ha sido instaurado un juicio en su contra.
Siendo así, y evidenciándose en autos que, el libelo de la demanda no señala el domicilio donde el alguacil debe practicar la citación de la parte demandada, y no habiendo puesto a disposición del alguacil de los medios y recursos necesarios para la citación del demandado, es por lo que este Juzgado de Primera Instanc.....
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Juez/Ponente:
Susana García de Malave
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente :
15.818
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N° Sentencia :
DIC-647-07
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Fecha: 13/12/2007 |
Procedimiento: Divorcio Ordinario |
Partes: MARITZA DEL VALLE BERTI VS ARQUÍMEDES JOSÉ GARCÍA |
Resumen:
En este sentido, la Sala Civil en Sentencia N° 997 de fecha 31 de Agosto de 2.004, estableció que la indicación que haga el demandante en su libelo del domicilio del demandado, es pertinente para su citación o intimación, por lo que constituye una obligación impretermitible del accionante señalarle al Juez el lugar en el que se debe practicar la actuación procesal que dará inicio al contradictorio, y de no hacerlo imposibilitaría la realización de las actividades procesales a cargo del Tribunal, dado que, el alguacil desconocería la dirección a la cual debe trasladarse para poner en conocimiento al demandado de que ha sido instaurado un juicio en su contra.
Siendo así, y evidenciándose en autos que, el libelo de la demanda no señala el domicilio donde el alguacil debe practicar la citación de la parte demandada, y no habiendo puesto a disposición del alguacil de los medios y recursos necesarios para la citación del demandado, es por lo que este Juzgado de Primera Instancia e.....
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Juez/Ponente:
Susana García de Malave
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente :
15.820
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N° Sentencia :
DIC-650-07
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Fecha: 13/12/2007 |
Procedimiento: Divorcio Ordinario |
Partes: LUIS MANUEL ROSAL VS JOSEFINA MARIA SUNIAGA MATA |
Resumen:
En este sentido, la Sala Civil en Sentencia N° 997 de fecha 31 de Agosto de 2.004, estableció que la indicación que haga el demandante en su libelo del domicilio del demandado, es pertinente para su citación o intimación, por lo que constituye una obligación impretermitible del accionante señalarle al Juez el lugar en el que se debe practicar la actuación procesal que dará inicio al contradictorio, y de no hacerlo imposibilitaría la realización de las actividades procesales a cargo del Tribunal, dado que, el alguacil desconocería la dirección a la cual debe trasladarse para poner en conocimiento al demandado de que ha sido instaurado un juicio en su contra.
Siendo así, y evidenciándose en autos que, el libelo de la demanda no señala el domicilio donde el alguacil debe practicar la citación de la parte demandada, y no habiendo puesto a disposición del alguacil de los medios y recursos necesarios para la citación del demandado, es por lo que este Juzgado de Primera Instancia e.....
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Juez/Ponente:
Susana García de Malave
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente :
RJ01-X-2007-000055
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/12/2007 |
Procedimiento: Improcedente Solicitud De Beneficio De Suspensión |
Partes: EDUARDO JOSE GONZÁLEZ |
Resumen:
Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Improcedente el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al penado EDUARDO JOSE GONZÁLEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.840.050, residenciado en Caimancito, Calle las Flores, Península de Araya, casa S/N de Color Amarilla. Ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes y Cúmplase.-
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Juez/Ponente:
Marisela Hernandez
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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N° Expediente :
RP01-R-2007-000201
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/12/2007 |
Procedimiento: Sin Lugar Apelacion |
Partes: JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ CARABALLO VS. LA COLECTIVIDAD.- |
Resumen:
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado JOSÉ LUIS GARCÍA SOSA, en su carácter de Defensor Público Penal del ciudadano JOSÉ GREGORIO RODRIGUEZ CARABALLO; contra decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, de fecha 03 de septiembre de 2007, mediante la cual decreto Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipificado y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.- SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida.-
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Juez/Ponente:
Cecilia Yaselli Figueredo
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Organo:
Corte de Apelaciones
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N° Expediente :
RP01-R-2007-000204
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/12/2007 |
Procedimiento: Sin Lugar Apelacion |
Partes: RUBEN EMILIO ZORRILLA VS LA COLECTIVIDAD |
Resumen:
D E C I S I Ó N
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado ROMULO URBANO LUIGGI, actuando con el carácter de Defensor Privado, SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre - Extensión Carúpano, en fecha 01 de septiembre de 2007, mediante la cual decretó PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra el ciudadano RUBEN EMILIO ZORRILLA, en la causa seguida por el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.; de conformidad con las previsiones establecidas en los artículos 432, .....
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Juez/Ponente:
Julian Gregorio Hurtado Lozano
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Organo:
Corte de Apelaciones
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