En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL incoada por el ciudadano CARLOS EMILIO RIVAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V- 3.676.023 y domiciliado, en la Urbanización Bermúdez, Vereda 01, N-05, Calle Sarmiento Cumaná, Estado Sucre, representado por su Apoderado Judicial JOSE BELLO BAYES, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 55.382 y de este domicilio contra la ciudadana EDIS MARIA RUIZ VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.187.886 y domiciliada en Cascajal Viejo, vía Urbanización Brasil, frente al Taller "VICTOR", Cum.....