Por los razonamientos antes expuestos, Este Tribunal Penal Sexto de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en los artículos 356, 358 y 359 del Código Orgánico Procesal Penal a la imputada ALINE GISELE BUR, de nacionalidad Francesa, de 53 años de edad, titular de la Cédula de Identidad E-84.407.806, natural de Francia, nacida en fecha 30-12-1959, soltera, de oficio Comerciante hija de los ciudadanos Gilbert Bur y Geneviere Bur, residenciada en: Población de Mariguitar, sector Peñas Blancas, casa S/N, Municipio Bolívar del Estado Sucre, teléfono 0414-776.86.76, por la comisión del delito de CONSTRUCCIÓN DE OBRAS ILÍCITAS, previsto y sancionado en del artículo 90 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLAN.....