En consecuencia Es por lo que este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE a favor de la ciudadana: DIAMARIS CANDELARIA CORADO FLORES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° V- 14.619.602, y de este domicilio, sobre un Inmueble constituido por una casa, edificada de la siguiente manera: paredes de bloques, piso de cemento, Cinco (05) habitaciones, Dos (02) baños, cuatro (04) puertas de metal, techo de asbesto, ventanas de metal y vidrio, un (01) corredor principal, una (01) cocina, un (01) comedor y un (01) porche, construida sobre un terreno de Cuatrocientos Treinta y Cinco Metros Cuadrados con Cincuenta y Seis Centímetros Cuadrados (435,56 m2) propiedad de la Municipalidad, con numero catastral: 19-05-01-02-16-33, datos extraídos de la División de Catas.....