El Tribunal, visto lo anterior y como quiera que no hubo reconciliación entre los cónyuges en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CONVERSION en DIVORCIO de la SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES. En tal sentido DECLARA DISUELTO El VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos: ARELYS TERESA MARTINEZ RIVAS y JESUS LORENZO ALFONZO MORELO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-13.499.457 Y V-5.074.239, respectivamente, por ante la Prefectura de la Parroquia Ayacucho, de la ciudad de Cumaná, Municipio Sucre, en fecha Dieciséis (16) del mes de Enero del año Dos Mil Cuatro (2004), en los términos indicados en la solicitud por mutuo consentimiento, y así se decide.
Ofíciese a la Prefectura de la Parroquia Ayacucho, de la ciudad de Cumaná, Municipio Sucre, así como la oficina de Registro Público Principal del mismo Estado a los fines de que sirvan estampar la Nota Mar.....