Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara CURADOR, a favor a favor de los niños Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, al ciudadano JUAN CARLOS DE LA CRUZ FUENTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.772.355, domiciliado en la Urbanización Campeche, Sector 3, calle 2 Nro. 12, Cumanà, Estado Sucre, a los fines de que los represente en un futuro inmediato, por cuanto su padre ciudadano ARQUIMEDES JESUS MONTEVERDE FIGUEROA, titular de la cédula de identidad Nro. 13.424.944, contraerá nupcias con la ciudadana Andrea Corina Núñez Quintana