Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por el ciudadano José Jesús Albornett González, ampliamente identificado en el encabezamiento de la presente sentencia, CON LUGAR la presente demanda de desalojo intentada por el ciudadano Gualberto Antonio González, igualmente identificado ut supra; en consecuencia se condena al ciudadano José Jesús Albornett González, a entregar libre de personas y bienes el inmueble constituido por una casa de habitación, ubicada en la calle Las Mercedes, distinguida con el Nº 47, El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, a su propietario, ciudadano Gualberto Antonio González, así mismo, se condena a la parte demandada a pagar al arrendador, la cantidad de DIEZ MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES .....