Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION planteada por la abogada INÉS MARGARITA GÓMEZ GUZMAN, Jueza Cuarta de Control (S) del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, de conocer la causa N° RJ01-X-2005-000012, seguida al imputado ASDRUBAL ANTONIO MAESTRE OREA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.183.350, en la causa penal que se le sigue por la presunta comisión de los delitos de ACOSO SEXUAL y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionados en los artículos 19 y 20 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de las ciudadanas MATILDE JOSEFINA ZAPATA, LUISANA DEL VALLE GERARDINO, GIUSEPPINA MARINA HERNÁNDEZ y VANESSA MARQUEZ MARVAL y ordena la re.....