Por las consideraciones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Cumplida y por consecuencia Extinta la Pena Corporal del ciudadano MIGUEL ANGEL LEMUS CARDOZO, Venezolano, de 23 años de edad, nacido en fecha: 10/05/84, cedula de identidad N°. 17.763.489, residenciado en Calle Los Pinos, casa s/n, detrás de la Escuela Mariano de la Cova, Santa fe Estado Sucre, Venezolano, de 20 años de edad, nacido en fecha: 10/05/84, cedula de identidad N°. 17.763.489, residenciado en Calle Los Pinos, casa s/n, detrás de la escuela mariano de la Cova, Santa fe Estado Sucre;, y así se declara con fundamento en los artículos 479 del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal Vigente. Notifíquese a las partes.