este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 482 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al ciudadano DOUGLAS ESTANLIN MAZA LEZAMA, venezolano, natural de Cumaná, de 40 años, fecha de nacimiento 09/12/1973, hijo de Victor Maza y Lusa de Maza, de estado civil casado, de profesión u oficio funcionario policial del IAPMS, titular de la Cédula de Identidad Nº 12055615, residenciado en la Urb La Llanada sector 01, vereda 03, casa No. 08 Cumaná Estado Sucre, teléfono: 0414-7737752, por la presunta comisión del delito PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el articulo 177,84 ORDINAL 03, y ultimo aparte del Código Penal, LESIONES PERSONALES GRAVISIMAS EN LA CIRCUNSTANCIA DE COMPLICID.....