Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 28 Noviembre del 2011 por el Tribunal Cuarto De Control De Esta Extensión Judicial, mediante la cual se condenó al ciudadano CONDENA al ciudadano JORGE ASUNCIÓN RUMIÓN, Venezolano, Natural de Mapire, Municipio Valdez Guiria del Estado Sucre, de 38 años de edad, nacido en fecha 15-08-1973, titular de la cedula de identidad Nº 15.090.220, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Agricultor, hijo de Benito Arzola y Graciela Rumión, con domicilio en: El Sector Nueva Guiria, Vereda 17, Casa S/N, Municipio Valdez del Estado Sucre, a cumplir la pena de de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más la accesoria de ley, por la comisión del deli.....