Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite totalmente la acusación fiscal en contra del ciudadano ALPIDIO RAFAEL ARAYAN, venezolano, 47 años de edad, Titular de la cédula de identidad N° 8.651.583, nacido en fecha 04-05-63, de estado civil soltero, residenciado en Brasil Sur, sector Santa Ana, calle 03, casa No. 45, de Cumaná, Estado Sucre, por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la LEY SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA, en perjuicio de la ciudadana YDANIA DEL CARMEN GONZALEZ, como lo es el delito de VIOLENCIA FÍSICA; y se decreta la suspensión del proceso por el lapso de un (01) año, y le impone como condiciones, las siguientes: 1- No volver a incurrir en hechos similares a los que dieron origen a la presente causa; 2- Comparecer por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, para que se le designe un delegado de Prueba. Se acuerda oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo.....