Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda imponer al imputado: ALCIDES GAMBOA VELIZ venezolano, de 50 años de edad, nacido en fecha 03-10-1958, titular de la Cédula de Identidad Nro V-17.732.585 de oficio , de estado civil soltero y domiciliado en la calle falcón, casa s/n, cerca del puente vía la peña, de la Parroquia San Lorenzo, Municipio Montes Estado Sucre, las medidas de seguridad y protección impuestas por el órgano aprehensor, a tenor de lo previsto en el artículo 87 numerales 3°, 5º y 6º, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una vida libre de violencia, medidas éstas consistentes en la prohibición al imputado de autos de acercamiento a la víctima agredida, así como a su lugar de residencia, trabajo o estudio y la prohibición de realizar actos de persecución, realizar por sí o por terceras personas actos de persecución, intimidación u acoso a la víctima o algún integrante de su familia por sí o po.....