este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al ACUSADO JEISSI JOSE VASQUEZ UGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 22.922.059, soltero, soldador, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, nacido en fecha 1-04-85, hijo de Felipe Vásquez y Julia Ügas, residenciado en la recta de Guiria, por el Puente de Policía de las Peonía, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y la dirección de su cuidador, Urbanización El Rosario, Calle 06 de Febrero, la Segunda cuadra a mano derecha, El Muco, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, (dejar la citaciones al frente de la casa), de las establecidas en el articulo 256 ordinales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal , consistente en presentaciones cada Treinta (30) días ante la unidad de .....