este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra del adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxx; por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ESTUPEFACIENTES previsto en el artículo 31de la Ley Orgánica contra el Trafico y Consumo ilícito de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; de conformidad con el artículo 582, literales "B" y "C" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistentes en presentarse cada 15 días por ante la Unidad de Alguacilazgo de esta sede, y quedar bajo el cuidado y la autoridad de su representante que en este caso es la ciudadana xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, progenitora del adolescente. Se otorga la libertad del imputado de autos desde esta misma Sala de audiencias, dejándose constancia que el mismo se retira en bu.....