este Tribunal de Primera Instancia en función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, solicitado por la Representación fiscal, a favor de los adolescentes XXXXXXX, venezolano, de 17 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- XXXXXXXX, bachiller, nacido en Cumaná, EL 30-10-86, hijo de XXXXXXX y XXXXXXXX, residenciado en XXXXXXX, y XXXXXXX, venezolano, de 17 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- XXXXXXXX, estudiante, nacido en fecha 17/07/87, hijo de XXXXXX y XXXXXXXX, natural de Cumaná, residenciado en XXXXXXXXXXXXXX, a quienes se les inició causa por uno del delito de robo propio, previsto en el artículo 457 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana LUISANA BARRAGAN COVA, de conformidad con el.....