este Tribunal Cuarto de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de la defensa y DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA de la privación judicial preventiva de libertad, que le fue impuesta al acusado JESÚS MIGUEL CAMPOS CARABALLO, titular de la cédula de identidad No. 17.963.706, consistente en un régimen de presentaciones periódicas cada treinta (30) días por un lapso de seis (6) meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo del Palacio de Justicia del Área Metropolitana de Caracas.