este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: TERMINADO el procedimiento en el cual se ventiló la pretensión de DIVORCIO, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil, incoada por el ciudadano JESUS RAFAEL ASTUDILLO, titular de la cédula de identidad N° V-11.375939, conjuntamente con el abogado en ejercicio FREDDY GONZALEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31.794, quien actuó en representación de la ciudadana CARMEN NOHELYS RUIZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.276.498