En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de CONVERSION de la SEPARACIÓN DE CUERPOS en DIVORCIO, de los ciudadanos AQUILES JOSE ROJAS y FLOR AURORA NORIEGA TOUSSAINT, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 6.956.128 y V- 10.221.691, respectivamente, y de este domicilio; presentados ante este Juzgado en fecha Primero (1°) de Noviembre del año Dos Mil Diez (2010), asistidos por la abogada en ejercicio CLAUDIA FIGUEROA MALAVE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 96.292; quedando en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha Veintiocho (28) de Enero del año Do.....