Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a CONDENAR a los acusados: BERNARDO JOSE MATA FLORES, venezolano, natural del Carúpano, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.966.482, nacido en fecha 05-05-1971, de 42 años de edad, hijo de Bernardo Mata y Andrea Flores; y domiciliado en: Sector Juasjualito, calle camberi, casa S/N, Rió Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, Estado Sucre y ERICK ORLANDO BOADA PULIDO, venezolano, natural del Caracas, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.897.524, nacido en fecha 23-09-1.982, de 31 años de edad, hijo de Jesús Boada y Xiomara Pulido; y domiciliado en: Sector Juasjualito, calle camberi, casa S/N, Rió Caribe, Municipio Arismendi del Estado, Municipio Arismendi del Estado Sucre, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS, OCHO (08) MESES DE PRISION, mas las .....