Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de OBLIGACION ALIMENTARIA solicitada por la ciudadana NAZARETH GONZALEZ DE ESTABA, contra el ciudadano SELVIO ESTABA NUÑEZ, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión y condena al progenitor a suministrar a su hija, la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOIVARES (BS.200.000,oo) MENSUAL a razón de CINCUENTA MIL BOLIVARES (BS. 50.000,oo) SEMANALES y en el mes de Diciembre, aparte de la obligación alimentaría la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (BS.300.00,oo) . Todo de conformidad con los artículos 76, 78 y 91 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 365, 369, 30 y 08 de la LOPNA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Jugado de Protección del Niño y del a.....