DECRETA la interrupción del Juicio Oral y Público iniciado en fecha 15/01/2016, seguido al acusado Edinson Rafael Salazar Marín, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 24.739.903, de 21 años de edad, soltero, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 09-09-92, de oficio estudiante, hijo de los ciudadanos Julio Cesar Salazar y Yelitza Marín, teléfono teléfono 0293-8088215, y residenciado en el barrio la Gran Sabana, calle principal, Savilar, casa S/N, cerca de la bodega de William el Mono, Cumaná, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado con Error en la Persona, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 2, en relación al articulo 68, en concordancia con el artículo 77 numerales 1, 4, 5 y 12, del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Edwar José Villarroel Rengel (occiso); todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 320 del Código Orgánico Procesal Penal. Se establece como nueva fecha de inicio d.....