DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto Este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA la extinción de la acción penal a favor del ciudadano ÁNGEL RAFAEL GUZMÁN AGUILERA, venezolano, de 26 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Chofer, nacido el 01-03-1980, titular de la Cédula de Identidad N° 14.421.393, hijo de Juan Guzmán y de Victoria y domiciliado en El Pilar, calle Beapertuy, casa N° 42, cerca del Hospital, Municipio Benítez del Estado Sucre; por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el Articulo 451 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Luís Iván Córdova Cedeño, y en consecuencia de conformidad con lo establecido en el articulo 45, 47 ordinal 6º y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, se DECRETA a su favor el SOBRESEIMIENTO de la presente causa. Líbrese boleta de notificaci.....