REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Edo. Sucre- Ext. Carúpano
Juzgado Cuarto de Control
Carúpano, 11 de Abril de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-004431
ASUNTO: RP11-P-2007-004431

Visto el escrito presentado por la Abg. Siolis Crespo, en su carácter de Defensora Pública del Imputado Freddy José Torres Rodríguez, por medio del cual expone que en fecha 31-03-2008 solicitó el traslado de su defendido hasta el Centro de Diagnóstico Integral "Simón Bolívar" por cuanto el mismo fue operado en ese centro, a los fines de que sea examinado, ya que el mismo presenta fiebres altas e inflamación del abdomen por la coloctomía que presenta y sufre el riego de infectarse, encontrándose actualmente en malas condiciones de salud, asimismo manifiesta que el referido traslado fue acordado por este tribunal en fecha 02-04-2008, siendo evaluado el imputado en fecha 03-04-2008 ordenándose al respecto la práctica de exámenes médicos; en tal sentido solicita nuevamente a este tribunal se traslade a su defendido hasta el Hospital Santos Anibal Dominicci, para que se le practiquen los exámenes médicos ordenados por el Centro de Diagnóstico Integral "Simón Bolívar".
En tal sentido observa este tribunal que cursa al folio 104, constancia médica emanada del Centro de Diagnóstico Integral "Simón Bolívar" mediante el cual dejan constancia que en fecha 13-02-2008 el imputado FREDDY RORRES, fue operado, atendido y estudiado en ese centro de salud, por presentar lesiones pulmonares severas, post neuropatías post-operatorias y operado por Oclusión Intestinal por Tumoración del ángulo izquierdo del Colón, Colotomía tansitoria; asimismo cursa al folio 124 oficio N° RJ11-OFO-2008-002609 de fecha 12-03-2008 emanado de este tribunal y dirigido al Jefe de la Medicatura Forense, ordenado la practica del exámen médico forense y remisión de resultas a este tribunal; en fecha 25-03-2008 este tribunal acordó previa solicitud de la defensa el traslado del acusado al Hospital Santos Anibal Domicicci para la evaluación médica del imputado, librándose al efecto oficio N° RJ11-OFO-2008-003014 de fecha 25-03-2008, seguidamente y en fecha en fecha 02-04-2008 este tribunal acordó el traslado del referido imputado hasta el Centro de Diagnóstico Integral "Simón Bolívar" a los fines de que sea examinado, ya que el mismo presentaba fiebres altas e inflamación del abdomen por la coloctomía que presenta.
Ahora bien, y vista la nueva solicitud de la defensa y lo manifestado por la misma que su defendido fue evaluado en fecha 03-04-2008 en el Centro de Diagnóstico Integral "Simón Bolívar", ordenándose al respecto la práctica de exámenes médicos; es por lo que este Tribunal como garante del Derecho Constitucional a la salud y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Acuerda Autorizar el traslado con la urgencia del caso del imputado Freddy José Torres Rodríguez, hasta el Hospital Santos Anibal Dominicci, para que se le practiquen los exámenes médicos ordenados por el Centro de Diagnóstico Integral "Simón Bolívar". Se acuerda oficiar al Comandante de Policía de esta ciudad, a los fines de que traslade con las seguridades que el caso amerita al imputado de autos, a la mayor brevedad al Hospital General de esta ciudad para que se le practique los exámenes ordenados por el Centro de Diagnóstico Integral "Simón Bolívar". Notifíquese a las partes. Líbrese el oficio ordenado. Cúmplase.
LA JUEZA CUARTO DE CONTROL

Abg. MARÍA WETTER FIGUERA
LA SECRETARIA,

Abg. MARÍA PEREIRA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA,

Abg. MARÍA PEREIRA