República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Parcialmente con lugar lo solicitado por el Representante del Ministerio Público y Parcialmente con lugar lo solicitado por la Defensa; en consecuencia se acuerda imponer al adolescente , de 17 años de edad, hijo de Cándido Rodríguez y Luisa Elena Isaze, nacido en la Guaira el día 06-12-1988, residenciado en la calle Los Pinos, casa S/N color amarilla, cerca de la cancha de bolas criollas, Santa Fé Municipio Raúl Leoni del Estado Sucre; la Medida Cautelar Sustitutiva, contenida en el artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; literal "C", es decir, Queda obligado a presentarse cada ocho (08) días por ante el Puesto Policial, de Santa Fe, Estado Sucre. En virtud de su presunta participación en la presente causa iniciada por el delito de Actos Lascivos, previsto en el artículo 376 del Código Penal, en perjuicio del niño José Ángel Salazar Díaz; La presente decisión tiene su fundame.....