Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL por muerte del acusado, de la causa que se le seguía al joven xxxxxxxxxxxxxx, quien fue acusado por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 405, en concordancia con el artículo 426 todos Código Penal, en perjuicio xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 3º y 48 ordinales 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 561 literal D de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes, y a los representantes de la victima y el acusado fallecido. Así se decide en Cumaná, a los once días del mes de marzo de 2008.
LA JUEZ PRESIDENTE,
ABG. YOMARI FIGUERAS MENDOZA.
EL SECRETARIO
ABG. DANIEL.....