Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de DERECHO A VISITA, solicitada por el ciudadano CARLOS JAVIER VALDEZ JIMENEZ, contra la ciudadana DANEISY DEL VALLE MARVAL AMUNDARAIN, a favor del niño, Todo de conformidad con el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los once días del mes de Febrero del dos mil cinco.