Visto que el imputado de autos, una vez instruido de las formular alternativas de prosecución del proceso asi como del procedimiento por admisión de los hechos y este manifestó su deseo de no acogerse al procedimiento por admisión de los hechos, ni celebrar acuerdo reparatorio este Tribunal ORDENA la Apertura a Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido al ciudadano ANGEL JOSÉ RODRÍGUEZ, CI 12.888.038, venezolano, natural de Carúpano estado Sucre, de 39 años de edad, nacido el 15-11-72, de estado civil casado, hijo de Angel Bravos y Francisca Rodríguez, de profesión u oficio camionero, residenciado en Calle Principal, paseo de la Gracia de Dios, casa SN. Tunapuicito Municipio Benitez del Estado Sucre, por el delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley de Hurto y Robo de Vehículo, en perjuicio de la Ciudadana Elia Decidelia Caraballo de Velásquez. Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco (05) días concurr.....