Este Juzgado Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Declara la Desestimación de la Denuncia formulada por la ciudadana: MERCEDES ELOINA MALAVE PATIÑO Venezolana, Titular de la Cédula de Identidad No-8.277.096, en contra de los ciudadanos: ARQUIMEDES GUEVARA, CRUZ RONDON, ARQUIMEDES RIVERO Y MILARIS MENDOZA DE RIVERO residenciados en la dirección antes indicadas, de conformidad con lo establecido en el Artículo 301 Primer Aparte del Código Orgánico Procesal Penal.